Términos y condiciones de uso
Versión 2.0
El presente contrato regula los servicios de intermediación tecnológica proporcionados por Fast & Easy House, S.A. de C.V. (en adelante, “RUTARU”) a través de su plataforma digital.
1. NATURALEZA DEL SERVICIO: COMISIÓN MERCANTIL DIGITAL
RUTARU actúa exclusivamente como un comisionista mercantil y plataforma de mediación tecnológica. El contrato de transporte se celebra de forma directa e independiente entre el Usuario y el Permisionario de Autotransporte Federal asignado (el “Transportista”), quien es el único titular de los permisos, placas y pólizas de seguro exigidos por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
2. TARIFAS Y PROTOCOLO “CERO EFECTIVO”
- Tarifa: El precio total incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la aportación correspondiente al Seguro de Viajero obligatoria por ley.
- Exclusividad de pago: Por estrictas razones de seguridad y trazabilidad fiscal, solo se aceptan pagos mediante la pasarela Stripe.
- Prohibición de efectivo: Queda prohibido realizar pagos en efectivo a los operadores. Cualquier pago realizado fuera de la plataforma se considerará una transacción inexistente para RUTARU, invalidando el folio de reserva, el soporte administrativo y el derecho de abordaje gestionado por la plataforma.
3. POLÍTICA DE CANCELACIONES Y REEMBOLSOS (CUMPLIMIENTO PROFECO)
| Escenario | Resolución |
|---|---|
| Cancelación voluntaria (>24 hrs) | Cupón RUTARU con vigencia de 12 meses por el valor del boleto. |
| Cancelación voluntaria (<24 hrs) o no show | Pérdida total del monto pagado por bloqueo de inventario. |
| Falla del servicio (imputable al proveedor) | Reembolso total del monto pagado más una bonificación del 20%, conforme al Art. 92 Bis de la LFPC. |
4. RESPONSABILIDAD Y SEGURO DE VIAJERO
La responsabilidad civil, daños y perjuicios derivados de cualquier incidente durante el trayecto corresponden íntegramente al transportista, quien garantiza la cobertura del seguro de viajero bajo los términos de la NOM-068-SCT. RUTARU no asume responsabilidad por accidentes, retrasos derivados de causas de fuerza mayor o condiciones viales.
5. EQUIPAJE Y CONDUCTA
El límite de equipaje es de una maleta de mano (10 kg) y una documentada (20 kg). En caso de pérdida, y a falta de declaración de valor previo, la indemnización se limitará a 20 UMAs vigentes. El uso del cinturón de seguridad es obligatorio; el incumplimiento libera de responsabilidad a la empresa ante siniestros.
6. JURISDICCIÓN
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se someten a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en vía administrativa y, en su defecto, a los tribunales competentes en la Ciudad de México.
Última actualización: Abril 2026.